1.- La defensa de la legalidad.
2.- La defensa de los derechos ciudadanos y los intereses públicos.
3.- La representación de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores
e incapaces y el interés social, así como para velar por la moral pública; la persecución del delito y
la reparación civil.
4.- Velar por la prevención del delito dentro de las limitaciones que resultan de la presente ley y por la independencia de los órganos judiciales y la recta administración de justicia y las demás que le señalan la Constitución Política del Perú y el ordenamiento jurídico de la Nación.
Lee la Ley Orgánica del Ministerio Público en el enlace: DECRETO LEGISLATIVO N° 052
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