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lunes, 21 de julio de 2014

¿CUÁNTO  CUESTA OBTENER INFORMACION PUBLICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE  UCHIZA?

En la Constitución Política del Perú , artículo 2º, inciso 5, literalmente expresa:Artículo 2º. Toda persona tiene derecho: (…)5. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.” La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública  Nº 27806 y otras normas complementan lo mencionado en la Carta Magna.
El costo, denominado costo de reproducción no debe ser por encima de las tarifas comerciales. Es decir, si la copia de una página en una fotocopiadora de la esquina es de 0.10 céntimos, la entidad pública  cobrará  el mismo costo. No cobrara por derecho de tramitación, entre otros.
Sin embargo, algunos funcionarios de  las entidades públicas  parecieran tener el afán de ocultar la información como si viviéramos en la Edad Media. Para ello, realizan cobros excesivos e incluso niegan el acceso a la información con lo que el costo para el ciudadano se eleva por desidia del funcionario.
Ejemplifiquemos.
El ciudadano Hugo Cabrera Candiote  acude a la Municipalidad Distrital de Uchiza  para solicitar acceso a la información pública solicitando copia de las funciones del Gerente Municipal, Asesoría Legal y Secretaria General contenidos en 7 folios.
POSIBLES ACTOS DE LA MUNICIPALIDAD.
1º.  La  Municipalidad Distrital de Uchiza , si atendiera oportunamente  la solicitud entregaría las 7 copias con lo que el costo sería de 0.70 céntimos.
2º.  La Municipalidad  Distrital de Uchiza no entrega la información solicitada en el tiempo  establecido por ley ( 7 días).  El ciudadano Hugo Cabrera Candiote, envía carta Notarial requiriendo la entrega de información. El costo de la carta Notarial es de 30 nuevos soles.  30.70/=4,38.  Es decir, cada copia  llega a costar cuatro soles con treinta y ocho céntimos.
3º.  La Municipalidad Distrital de Uchiza no entrega la información  pese al envio de Carta Notarial. Entonces recurre a la ayuda de un abogado quien por sus honorarios cobra la suma de 500 nuevos soles. Entonces 500 + 30 + 0,70 = 530.70/7 = 75,81.  Es decir cada copia llega a costar la suma de setenta y cinco  nuevos soles con ochenta y uno centimos.

En el caso del ciudadano  Hugo Cabrera Candiote ocurrió  que la entrega de información  por parte de la Municipalidad Distrital de Uchiza, ocurrió según el supuesto  número dos.  Es decir, cada copia de hoja entregada costo 4,38.  Un precio excesivo teniendo en cuenta lo  normado por la Constitución Política del Perú. 
QUÉ  DEBIÓ REALIZAR EL CIUDADANO ANTE EL SUPUESTO:
 NUMERO UNO
1º.  Reiterar su solicitud.
2º.  Presentar denuncia administrativa por defecto de tramitación ante la Municipalidad Distrital
NUMERO DOS
3º.  Presentar queja ante la Defensoría del Pueblo.
4º.  Presentar denuncia  por Abuso de Autoridad y omisión de funciones ante el fiscal.
NUMERO TRES.
5º.  Presentar recurso de Habeas data en el Poder Judicial.

      La  pregunta ¿Por qué  impiden que el ciudadano se informe acerca de las funciones de los funcionarios?